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Presentaron las pautas para las playas públicas y balnearios en el verano

Presentaron las pautas para las playas públicas y balnearios en el verano

La guía para la gestión de playas públicas está dirigida a los municipios del territorio nacional que cuenten con espacios públicos como playas de mar, río, lago, lagunas, arroyos u otra.

Miguel Angel Herrada por Miguel Angel Herrada
9 noviembre, 2020
in Comunidad, Municipales, Turismo
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El Gobierno nacional presentó hoy las “pautas y recomendaciones para disfrutar del verano en playas públicas y balnearios argentino”, entre ellas, una señalización eficiente en lugares visibles con información sobre las medidas de distanciamiento social, higiene y actuación ante la presencia de síntomas sospechosos de coronavirus.

El Ministerio de Turismo y Deportes, el Instituto de Calidad Turística Argentina (ICTA), la Cámara Argentina de Turismo (CAT) y las provincias a través del Consejo Federal de Turismo (CFT) elaboraron el Protocolo para Balnearios, en tanto, la cartera ministeria, y el CFT confeccionarion la Guía de pautas y recomendaciones COVID-19 para la gestión de playas públicas”.

Ambos documentos recomiendan brindar información en formato digital, con código QR, a través de la página web y/o disponer de carteleras, atriles, pizarras o folletería plastificada que pueda ser limpiada y desinfectada fácilmente tras cada consulta.

La guía para la gestión de playas públicas está dirigida a los municipios del territorio nacional que cuenten con espacios públicos como playas de mar, río, lago, lagunas, arroyos u otra.

En lo referente a infraestructura e instalaciones, la guía aconseja garantizar el distanciamiento social obligatorio acorde a la legislación vigente.

Para ello, se podrán utilizar líneas demarcatorias de los espacios para asegurar el cumplimiento de los límites de densidad de ocupación y de distancia mínima, y promover una circulación en sentido único para el ingreso y egreso de la playa, entre otros.

También se recomienda que el municipio establezca los mecanismos necesarios para que las personas dispongan sus objetos personales (toallas, reposeras y otros) y permanezcan en la playa pública respetando el distanciamiento interpersonal de seguridad establecido.

Para aquellas playas que cuenten con unidades de sombra disponibles al público, se recomienda distribuirlas respetando la distancia social obligatoria, controlar que carpas, sombrillas y la zona de circulación entre cada una se ubiquen de acuerdo con la distancia social mínima de seguridad vigente.

En caso de haber áreas de recreación, deberán respetar las medidas de limpieza, desinfección y distanciamiento, y respecto de los espectáculos en playas públicas, se sugiere no realizarlos para evitar el aglomeramiento de personas.

Los servicios turísticos en playas públicas, ya sean gestionados por el municipio o concesionados, deberán ser brindados en cumplimiento de los protocolos nacionales, provinciales y/o municipales vigentes correspondientes a cada actividad.

El Protocolo para Balnearios está destinado a los establecimientos que brindan servicios como balneario turístico (playas de mar, río, lago, lagunas, arroyos u otra), con el fin de asegurar la prevención de la propagación del virus en todos los puntos críticos de la prestación.

Estos establecimientos deben fomentar la gestión de reservas y pagos de manera electrónica, establecer medidas de control a los visitantes previo a su ingreso al balneario y determinar espacios de entrada y salida diferenciada para minimizar las filas y evitar la aglomeración de personas.

En caso de disponer estacionamiento propio, recomienda dejar libre un módulo entre autos, para evitar la congestión de personas.

En cuanto a la disposición de carpas y sombrillas, plantea la definición de una capacidad máxima para garantizar el distanciamiento social obligatorio, incluso en las zonas de circulación.

En caso de habilitarse juegos infantiles, recreativos y áreas deportivas, se deberá garantizar la adecuada y frecuente limpieza y desinfección, que de no ser posible, permanecerán cerrados.

La apertura y el uso de piscinas, spa y gimnasios quedará sujeta a la autorización de la autoridad jurisdiccional competente, y en caso de estar autorizado su funcionamiento, deberá respetar las condiciones sanitarias que establezca.

Además, se comunicará a los visitantes no tocar los productos y equipamiento (sillas, sillones, reposeras y sillas anfibias) exhibidos para la préstamo, venta o alquiler y se garantizará su limpieza y desinfección antes y después de cada uso.

Los bebederos comunitarios serán inhabilitados y se dispondrán cestos de residuos en áreas de espera y/o de alto tránsito, de boca ancha y sin tapa o con tapa accionada con pedal.

Las recomendaciones incluyen la higiene y desinfección de sanitarios y vestuarios durante el servicio, que cuando haya finalizado, se deberá verificar el funcionamiento de los elementos sanitizantes.

Ambos documentos subrayan la importancia de las medidas de distanciamiento social, higiene de manos (con agua y jabón o solución a base de alcohol al 70%), y la limpieza y desinfección de equipamiento e instalaciones. (Télam)

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